El parágrafo 1 del artículo 137 del ET (modificado por el artículo 82 de la Ley 1819 de 2016) estipula las tarifas máximas de depreciación anual por aplicar mientras no exista reglamentación por parte del Gobierno. En esta matriz podrá determinar el valor máximo a deducir por dicho concepto.
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