En esta herramienta se ilustran los cálculos que se tendrían que efectuar en las declaraciones del año gravable 2015 y siguientes para definir el monto del descuento por impuestos pagados en el exterior con que se podrían afectar estos tres tributos. Los cálculos se realizan conforme a las normas contenidas en los artículos 254 del E.T., y 22-5 de La Ley 1607 de 2012, las cuales fueron modificadas y/o agregadas, respectivamente, mediante la Ley 1739 de 2014.
Luego de los cambios introducidos mediante la Ley 1739 de 2014, lo que sucederá en las declaraciones de renta y del CREE de los años gravables 2015 en adelante, de quienes sean sujetos de esos dos impuestos, e incluso sujetos obligados a liquidar la nueva sobretasa al CREE, es que podrán tomar los valores por impuestos de renta y similares pagados en el exterior sobre rentas obtenidas justamente en el exterior y restarlos a manera de descuento en las declaraciones tanto de renta como del CREE y su sobretasa al CREE. Hasta el año gravable 2014 ese tipo de descuento tributario se restaba en su totalidad solo en la declaración de renta, pero el límite del descuento se fijaba tomando en cuenta tanto el valor que se liquidara por concepto de impuesto de renta como por concepto del impuesto CREE.
Las norma que contiene la instrucción sobre la forma de liquidar el descuento por impuestos pagados en el exterior que se puede restar en el impuesto de renta para los años 2015 y siguientes es la contenida en el artículo 254 del E.T., luego de ser modificado con el artículo 29 de la Ley 1739. Por otro lado, la norma que define el monto que se puede liquidar como descuento por impuestos pagados en el exterior que se podrá restar al impuesto CREE y a la sobretasa al CREE es la contenida en el artículo 22-5 de la Ley 1607 de 2012, el cual fue creado con el artículo 16 de la Ley 1739.
Por tanto, a partir de lo indicado en las normas antes mencionadas, en la presente herramienta se pretende ilustrar lo que serían los cálculos básicos para definir el monto que en una declaración de renta del año gravable 2015 y siguientes, o en una declaración del CREE y su sobretasa al CREE del año 2015 y siguientes, se podría utilizar como descuento por impuestos pagados en el exterior. Para quienes deseen usar esta herramienta como plantilla en sus propios casos particulares, solo tendrían que cambiar los datos de las celdas que no estén resaltadas en color amarillo, pues las que sí están resaltadas con dicho color contienen fórmulas que llevan a resultados automáticos.